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Por: Serguéi Proaño

9 de octubre de 2019

Cómo facilitar la tarea del anexo ATS

El ATS (Anexo Transaccional Simplificado) es conocido como el punto de dolor de los contadores. Se trata de un anexo con información sobre las compras, ventas, pagos, retenciones y exportaciones del contribuyente. Asimismo, contiene la información sobre los documentos anulados.

Los contribuyentes obligados a presentar el ATS son:

  1. Contribuyentes Especiales
  2. Instituciones del Sector Público
  3. Autoimpresores
  4. Quienes soliciten devoluciones de IVA, (excepto tercera edad y discapacitados)
  5. Instituciones Financieras
  6. Emisoras de tarjetas de crédito
  7. Administradoras de Fondos y Fideicomisos
  8. Quienes posean autorización de emisión electrónica de comprobantes de venta, documentos complementarios y comprobantes de retención
  9. Las sociedades y personas naturales obligadas a llevar contabilidad
  10. Las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad, cuyos ingresos brutos anuales o costos y gastos anuales del ejercicio fiscal inmediato anterior, hayan sido superiores al doble de los montos establecidos para que se genere la obligación de llevar contabilidad.

Los tipos de contribuyentes especificados por el SRI son:

Tipo 1: Contribuyentes Especiales, Sociedades, Personas Naturales obligadas a llevar contabilidad, Personas Naturales no obligadas a llevar contabilidad, Instituciones del Sector Público, Autoimpresores, Emisores de comprobantes electrónicos y quienes solicitan devoluciones de IVA.

Tipo 2: Instituciones Financieras, emisoras de Tarjeta de Crédito y Administradores de Fondos y Fideicomisos.

¿Cómo se presenta el ATS?

La información se entrega en medio magnético, a través de un archivo comprimido en formato xml.
Este archivo debe estar estructurado de acuerdo a las especificaciones de la ficha técnica disponible en el portal del SRI.
A continuación el instructivo para generar el anexo ATS desde Excel.

Hay que tener en cuenta:

  • La información correspondiente deberá presentarse a través de la página web del SRI en el mes subsiguiente al que corresponda dicha información hasta la fecha respectiva señalada en el calendario de presentación.
  • Cuando el tamaño de los archivos supere 1 megabyte se presentará el anexo en las direcciones zonales, provinciales y demás oficinas dispuestas para el efecto.
  • Los ATS correspondientes a la información de los meses entre junio y diciembre de 2016, se presentarán de conformidad con la tabla establecida a continuación:

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