Recuerda que a partir del 30 de noviembre de 2022 la facturación electrónica es obligatoria para todos los contribuyentes.
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Están obligados todos los contribuyentes personas naturales o jurídicas excepto los que pertenecen a Régimen RIMPE NEGOCIOS POPULARES
Son RIMPE NEGOCIOS POPULARES quienes tienen ingresos menores a $20.000 por año, sin embargo se excluyen de este régimen a: Actividades de construcción, Actividades profesionales, Actividades de transporte, actividades agropecuarias, Rentas de capital entre otras.